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PREGUNTAS FRECUENTES

⁠¿Qué tipo de cartera gestiona SONSGROUP S.A.S?

Gestionamos cartera pública y privada del sector salud y empresarial. Atendemos procesos de cobro de facturas, contratos y obligaciones derivadas de la prestación de servicios asistenciales, suministros, contratos civiles y comerciales. Nuestro enfoque abarca desde la gestión prejurídica hasta la ejecución judicial de los créditos.

⁠¿Qué diferencia hay entre el cobro prejurídico y el cobro jurídico?

El cobro prejurídico comprende las gestiones de conciliación, depuración, acuerdos de pago y negociación directa con el deudor, buscando resultados ágiles y evitando litigios.
El cobro jurídico, en cambio, se activa cuando el deudor no cumple voluntariamente, permitiendo acudir ante la jurisdicción ordinaria para obtener el pago mediante procesos ejecutivos y medidas cautelares (embargo, retención, secuestro, etc.).

⁠¿⁠Es posible embargar los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS)?

¿Quién lidera los procesos en SONSGROUP S.A.S?


Los procesos son liderados por Juan Felipe Sons Viana, abogado con énfasis en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, especialista en Derecho Administrativo y en Derecho de los Negocios Internacionales, y magíster en Derecho Privado de la Universidad de los Andes.
Ha dirigido equipos jurídicos en entidades del sector salud y representa a instituciones públicas y privadas en litigios de alto impacto.

En principio, los recursos del SGSSS gozan de inembargabilidad, según el artículo 25 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 y el artículo 594 del Código General del Proceso.
Sin embargo, la jurisprudencia constitucional y precedentes de la Corte Suprema de Justicia ha establecido excepciones a ese principio, aplicables cuando las acreencias ejecutadas provienen de la prestación efectiva de servicios de salud a los afiliados.
En tales casos, el embargo no contraviene la destinación legal de los recursos, pues precisamente busca garantizar que lleguen a los prestadores que financiaron dichos servicios.
Sentencias relevantes: C-354 de 1997, C-566 de 2003, C-1154 de 2008, STC7397-2018, entre otras.

¿Qué beneficios tiene contratar un servicio especializado de recuperación de cartera?


• Recuperación efectiva de recursos sin afectar la operación asistencial.
 • Acompañamiento jurídico integral, desde la conciliación hasta la ejecución judicial.
 • Estrategias personalizadas según el tipo de cartera y la capacidad de pago del deudor.
 • Sustento jurídico sólido, especialmente frente a EPS en intervención, liquidación o reorganización.

⁠¿SONSGROUP S.A.S también presta servicios de asesoría fuera del sector salud?



Sí. Nuestra experiencia se extiende al derecho privado, comercial y corporativo, acompañando a empresas en la estructuración de contratos, litigios mercantiles, gestión de riesgo jurídico y cumplimiento normativo.

Resolvemos tus 
dudas con claridad.

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